*UF referencial al día 01/08/2021: $29.758,60. La prima del seguro se encuentra expresada en UF, y será cobrada según el valor de dicha unidad a la fecha de pago efectivo por parte del asegurado.
¿Cuáles son los beneficios?
Tarifa plana
En UF durante toda la vigencia de la póliza.
No tiene carencia
Cubre desde el inicio de vigencia de la póliza.
Cubre hasta los 79 años y 364 días
Edad máxima de permanencia
Capital
La indemnización es de libre disposición para el(los) beneficiario(s)
Planes y Tarifas
Vida Joven
Vida Adulto
Vida Adulto Mayor
Plan 1
18 años - 39 años y 364 días
Vida
UF 350
Invalidez total y permanente 2/3
UF 350
Asistencia
Protección digital
Prima mensual
UF 0,12 ($3.570 aprox)*
Plan 2
18 años - 39 años y 364 días
Vida
UF 600
Invalidez total y permanente 2/3
UF 600
Asistencia
Protección digital
Prima mensual
UF 0,14 ($4.200 aprox)*
Plan 3
18 años - 39 años y 364 días
Vida
UF 850
Invalidez total y permanente 2/3
UF 850
Asistencia
Protección digital
Prima mensual
UF 0,17 ($5.000 aprox) *
Plan 1
40 años - 54 años y 364 días
Vida
UF 250
Invalidez total y permanente 2/3
UF 250
Asistencia
Protección digital
Prima mensual
UF 0,14 ($4.200 aprox)*
Plan 2
40 años - 54 años y 364 días
Vida
UF 550
Invalidez total y permanente 2/3
UF 550
Asistencia
Protección digital
Prima mensual
UF 0,18 ($5.350 aprox)*
Plan 3
40 años - 54 años y 364 días
Vida
UF 800
Invalidez total y permanente 2/3
UF 800
Asistencia
Protección digital
Prima mensual
UF 0,24 ($7.150 aprox) *
Plan 1
55 años - 64 años y 364 días
Vida
UF 150
Invalidez total y permanente 2/3
UF 150
Asistencia
Protección digital
Prima mensual
UF 0,18 ($5.360 aprox)*
Plan 2
55 años - 64 años y 364 días
Vida
UF 250
Invalidez total y permanente 2/3
UF 250
Asistencia
Protección digital
Prima mensual
UF 0,22 ($6.550 aprox)*
Plan 3
55 años - 64 años y 364 días
Vida
UF 350
Invalidez total y permanente 2/3
UF 350
Asistencia
Protección digital
Prima mensual
UF 0,27 ($8.000 aprox) *
No te quedes con dudas, aquí te explicamos:
¿Qué cubre?
-
Cobertura de Vida (POL 2 2020 0111)
La Compañía pagará a él o los beneficiarios el capital asegurado, una vez recibidas y aprobadas las pruebas de que el fallecimiento del Asegurado Titular se produjo durante la vigencia de esta cobertura.
El(los) beneficiario(s) para esta cobertura será quien(es) haya designado el asegurado. A falta de designación será el(los) heredero(s) legal(es) de éste. -
Cobertura de Invalidez Total y Permanente por Accidente o Enfermedad
2/3 (CAD 2 20200112)
El Monto Asegurado será pagado por la compañía aseguradora anticipadamente al Asegurado en caso de verificarse su Invalidez Total y Permanente Dos Tercios, por una causa cubierta y no excluida en la póliza, siempre que se cumplan las siguientes condiciones:
- Que la cobertura de vida se encuentre vigente;
- Que la Invalidez Total y Permanente Dos Tercios se produzca durante la vigencia de la póliza;
- Que la Invalidez Total y Permanente Dos Tercios se produzca como consecuencia de una Enfermedad diagnosticada o conocida por el asegurado o por un Accidente ocurrido durante la vigencia de la Póliza; y
- Que la Invalidez Total y Permanente Dos Tercios se produzca antes que el Asegurado cumpla la edad máxima establecida en la Póliza.
Verificada la ocurrencia del siniestro que cause la invalidez total y permanente del asegurado de dos tercios, y una vez indemnizado el siniestro se producirá la terminación inmediata tanto de la cobertura de vida como la de incapacidad total y permanente de dos tercios.
El beneficiario de esta cobertura será el propio asegurado.
Asistencia:
Asistencia Eventos Anuales Revisión de vulnerabilidades y seguridad Ilimitado Análisis del equipo y limpieza Ilimitado Soporte y Asesoría para la recuperación de cuentas hackeadas Ilimitado Recuperación de datos por lógica Ilimitado Rastreo en la Web y Borrado de Huella Digital Ilimitado
Para poder acceder a la asistencia anteriormente detallada, el Asegurado podrá contactarse al siguiente teléfono: 2 24293532, de Lunes a Viernes desde 09:00 hrs. a 18:00 hrs, excepto festivos.
¿Qué no cubre?
- Suicidio, automutilación, o autolesión, a menos que se acredite que el Asegurado actuó totalmente privado de la razón, correspondiendo, en todo caso, a la compañía acreditar el hecho del suicidio. No obstante, la compañía aseguradora pagará el Monto Asegurado a los Beneficiarios, si el fallecimiento ocurriera como consecuencia de suicidio, siempre que hubiere transcurrido el plazo de dos (2) años completos e ininterrumpidos, contado desde la contratación del seguro.
- Pena de muerte o por participación del Asegurado en cualquier acto delictivo, en calidad de autor, cómplice o encubridor.
- Acto delictivo cometido, en calidad de autor o cómplice, por un Beneficiario o quien pudiere reclamar o verse beneficiado por el pago de la Indemnización.
- Guerra, invasión, actos de enemigos extranjeros, hostilidades u operaciones bélicas, sea que haya habido o no declaración de guerra, guerra civil, insurrección, sublevación, rebelión, sedición, motín o hechos que las leyes califican como delitos contra la seguridad interior del Estado.
- Enfermedades, dolencias o situaciones de salud preexistentes.
Exclusiones de la cobertura de Invalidez Total y Permanente por Accidente o Enfermedad 2/3 (CAD 2 20200112)
- Intento de suicidio o lesiones inferidas al asegurado por sí mismo o por terceros con su consentimiento, sea que se encuentre o no privado de razón.
- Embarazo, parto o aborto.
- Acto delictivo cometido, en calidad de autor o cómplice, por un Beneficiario o quien pudiere reclamar o verse beneficiado por el pago de la Indemnización.
- Guerra, invasión, actos de enemigos extranjeros, hostilidades u operaciones bélicas, sea que haya habido no declaración de guerra, guerra civil, insurrección, sublevación, rebelión, sedición, motín o hechos que las leyes califican como delitos contra la seguridad interior del Estado.
- Participación activa del Asegurado en un Acto Terrorista.
- Dolor de espalda y condiciones relacionadas al mismo.
- Stress, ansiedad, depresión, desórdenes mentales o nerviosos y cualquier condición de origen psiconeurótico y sus consecuencias.
- Participación del Asegurado en peleas, salvo en caso de legítima defensa debidamente acreditada.
- Enfermedades, dolencias o situaciones de salud preexistentes.
- Lesiones preexistentes.
¿Cómo utilizarlo?
- Plazo de presentación de los antecedentes: Producido un siniestro, el Asegurado o Reclamante y Contratante, deberán presentar los documentos justificativos del mismo a la Compañía Aseguradora tan pronto sea posible desde que tomó conocimiento del siniestro. El aviso de siniestro, podrá realizarse por intermedio del Corredor que intermedia el presente seguro y será igualmente válido y eficaz si se utilizan medios electrónicos de conexión directa u otros análogos.
-
Antecedentes para la indemnización:
Para el trámite de siniestros, el Asegurado o Reclamante y
Contratante, deberán enviar los siguientes antecedentes, por cada
evento:
Cobertura de Vida.- Certificado de defunción, en formato original, emitido por el Registro Civil, indicando causa de muerte.
- Copia Parte Policial y/o documento de atención de urgencia, en caso de fallecimiento accidental.
- Fotocopia de cédula de identidad de los beneficiarios.
- En caso de que el Asegurado no haya designado a él o los beneficiarios, adjuntar el decreto de posesión efectiva o el auto de posesión efectiva.
-
Cobertura Invalidez Total y Permanente 2/3
- Fotocopia de cédula de identidad del Asegurado, por ambos lados.
- Dictamen ejecutoriado de Invalidez otorgado por la respectiva Comisión médica (Central o Regional), nombrada por la Superintendencia de Pensiones.
-
En el caso de no contar con el dicho Certificado o al presentar
Dictamen emitido por COMPIN, Capredena, Dipreca o Mutuales, se
debe presentar:
- IMT (Informe Médico Tratante), por invalidez por cada patología completado por médico especialista.
- Exámenes que fundamentan el diagnóstico.
- Ficha clínica, si ha habido hospitalización por el intermedio.
El pago de beneficio se realizará dentro de los 10 días hábiles siguientes a la presentación a la Compañía de todos los antecedentes solicitados.
Requisitos de Asegurabilidad
Edad mínima de ingreso | Edad máxima de ingreso | Edad máxima de permanencia | |
---|---|---|---|
Vida Joven | 18 años | 39 años y 364 días | 79 años y 364 días |
Vida Adulto | 40 años | 54 años y 364 días | 79 años y 364 días |
Vida Adulto Mayor | 55 años | 64 años y 364 días | 79 años y 364 días |
El asegurado deberá completar una Declaración Personal de Salud, al momento de incorporarse
Texto legal
Los riesgos son cubiertos por la Compañía de Seguros BNP Paribas Cardif Seguros de Vida S.A bajo las siguientes pólizas N°220101429, 220091423 y 220091424 (Vida Joven); 220091425, 220091426 y 220101430 (Vida Adulto); 220091427, 220091428 y 220101431 (Vida Adulto Mayor). Las coberturas contratadas se rigen según las condiciones generales y adicionales, cuyos modelos se encuentran depositados en la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) bajo el código POL 2 2020 0111 y CAD 2 20200112. Los seguros son intermediados por Coopeuch Corredores de Seguros SpA. quien asume las obligaciones propias de los seguros que intermedia en dependencias de Coopeuch sin responsabilidad ni injerencia para esta última. La presente información solo representa un resumen de las cobertura y exclusiones, el detalle de éstas se encuentra en las condiciones generales antes mencionadas. Las condiciones generales pueden ser consultadas a través del sitio web de la Comisión del Mercado Financiero (www.cmfchile.cl) en la opción Mercado de Seguros/Depósito de pólizas. Vigencia de la oferta del seguro: válido hasta el 31/10/2022 Forma de pago de la prima: cuotas mensuales según el plan contratado y a través de PAT o PAC según lo seleccionado por el asegurado. Póliza del seguro disponible por venta telefónica a través de telemarketing, venta online a través de www.coopeuch.cl y en canal sucursal, exclusiva para personas naturales. Se deja constancia que Coopeuch no comercializa, no intermedia, ni promueve seguros.
Vigencia de la cobertura individual: Será mensual y comenzará a regir una vez enviado el certificado de cobertura de la póliza. Se renovará automáticamente mientras se encuentre el asegurado al día en el pago de su prima y en tanto el asegurado o asegurador no hayan puesto término a la cobertura y estando la póliza colectiva vigente.
Material descargable
Carta Diversificación


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